Cursos Microsoft para empresas bonificados por FUNDAE

En Aglaia Consulting ofrecemos cursos bonificables a través de la Fundación Estatal para la Formación en
el Empleo (FUNDAE). La formación bonificada da la oportunidad a todas las empresas españolas de
formar a sus empleados para mantenerlos siempre actualizados.

Partners oficiales

¿Qué es FUNDAE?

La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo es una organización que impulsa la formación profesional de las empresas en España. Todas las empresas pueden optar a sus bonificaciones para formar a sus trabajadores, independientemente de su tamaño.

En Aglaia, ofrecemos formación en las principales herramientas de Microsoft: Power Platform, Power BI, Power Apps, Power Automate, Excel y mucho más.

Si tienes una empresa, sea del tamaño que sea, puedes solicitar la bonificación de FUNDAE para tus empleados. Calculamos el crédito de tu empresa.

¿Qué empresas se pueden beneficiar?

Sí pueden
No pueden

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas para solicitar la bonificación FUNDAE?

 


La empresa debe estar ubicada en territorio estatal, con su correspondiente alta en el Registro Mercantil durante el periodo que dure la formación bonificada y sus empleados deben cotizar a la Seguridad Social. Además, debe estar al corriente con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria, y tener crédito suficiente para financiar la formación.

Proceso de bonificación

Realiza el proceso de bonificación en 5 sencillos pasos.

Gestionamos tu
bonificación por ti

¿No quieres realizar la gestión? Gestionamos tu bonificación para que no tengas que preocuparte por ello.

*Servicio con 10% de coste extra sobre el presupuesto

¿Qué importe puedes bonificarte?

El importe bonificable dependerá de la modalidad de la formación y del crédito asignado a cada empresa en el ejercicio económico.
Formaciones
presenciales
Formación personalizada y exclusiva en la que el formador se desplaza a las oficinas del cliente para impartir la formación.
13 €
hora / asistente

Requisitos del alumno para poder bonificar la modalidad presencial y Live Online: Asistir mínimo al 75% de las horas del curso

Formaciones
LIVE Online 

Convocatorias fijas, abiertas a
cualquier usuario y realizadas a
través de sesiones Live Online con
Microsoft Teams.

13 €
hora / asistente
Requisitos del alumno para poder bonificar la modalidad presencial y Live Online: Asistir mínimo al 75% de las horas del curso
Formaciones
100% Online

Formación a través de una
plataforma online accesible 24/7
con vídeos pregrabados, ejercicios,
tests y un tutor.

7,50 €
hora / asistente

Requisitos mínimos del alumno para poder bonificar la modalidad presencial y Live Online:
Asistir al 75% de las horas del curso.

Requisitos mínimos del alumno para poder bonificar la modalidad 100% Online: 
Realizar el 75% de las horas del curso, el 75% de los test y el 75% de las actividades formativas.

Preguntas frecuentes

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¿Qué es la formación bonificada?

La formación bonificada es la formación a la que pueden optar las empresas para mejorar las habilidades y competencias de sus trabajadores en las que una parte del coste está asumido por la FUNDAE. Está destinada exclusivamente a trabajadores pertenecientes a una empresa, independiente del tamaño de ésta, sin incluir a autónomos.

FUNDAE no organiza cursos ni tampoco los realiza, sino que se encarga exclusivamente de gestionar los fondos que se asignan a las formaciones de las empresas. Las empresas como Aglaia Consulting, ofrecemos planes de formación a las empresas en diferentes modalidades y podemos actuar como agentes organizadores, es decir, podemos tramitar la burocracia de la bonificación.

Las empresas beneficiarias de la formación bonificada deberán tener los centros de trabajo en el estado español, independientemente de su tamaño o ubicación, deberán desarrollar formación para sus trabajadores y cotizar por contingencia de Formación Profesional en la Seguridad Social. Del mismo modo, los trabajadores beneficiarios de la formación serán aquellos asalariados que también coticen en esta contingencia, además de los siguientes:

  • Trabajadores fijos discontinuos en los períodos de no ocupación.
  • Trabajadores que quedan desempleados cuando están realizando la formación.
  • Trabajadores que están en un período de suspensión del contrato por un expediente autorizado.
  • Trabajadores que están afectados por medidas temporales de suspensión de contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Una vez comunicada la finalización en la aplicación, y hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso, las empresas pueden aplicarse la bonificación por formación en los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social. Para ello, deben cumplir los siguientes requisitos:
  • Estar al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social.
  • En su caso, haber informado a la RLT.
  • Haber comunicado el inicio, realizado y comunicado la finalización de la formación.
Las bonificaciones por formación se aplicarán a través del Sistema Red – (casilla 763 – bonificación formación continua), indicando el importe comunicado en la aplicación.

El crédito de formación es la cantidad que dispone la empresa durante un año para invertir en la formación de los trabajadores. Todas las empresas españolas disponen de un crédito mínimo de 420€ al año para bonificar y se calcula en función de lo cotizado por formación profesional, así como la plantilla media (datos de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones del año anterior).

Para poder acceder a ver qué crédito tiene disponible una empresa, deberá entrar en la plataforma de FUNDAE, con el certificado digital y acceder al apartado de <<Empresa>><<Datos Económicos>>.

Las empresas con menos de 50 trabajadores pueden acumular el crédito que no han gastado durante el año en curso y poder utilizarlo durante los dos ejercicios siguientes. Para ello, hay que marcar la casilla de acumulación de crédito antes del 30 de junio.

En Aglaia nos encargamos de la gestión integral de la bonificación de Fundae, con un coste extra del 10% sobre el presupuesto. Las empresas nos proporcionan los datos necesarios para poder comunicar y finalizar el curso en la plataforma de FUNDAE. Una vez realizados estos trámites, facilitamos a las empresas el importe a bonificar, que lo deberán aplicar en los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Cursos de más de 60h: Hasta el 5 de diciembre
  • Cursos de 60h: Hasta 3 de noviembre
  • Cursos de 40h o menos: Hasta el 15 de diciembre
  • Cursos de menos de 30h: Hasta el 22 de diciembre
  • Formaciones presenciales: Deben cumplir con el 75% de asistencia al curso. Por ello, deben firmar cada sesión las hojas de firmas. Al finalizar el curso, los asistentes, deben firmar el documento de material entregado y el documento de confirmación de que han recibido el diploma. Finalmente, deben cumplimentar los cuestionarios y firmar los diplomas que se extraen de la plataforma de FUNDAE.
  • Formaciones presenciales mediante AULA VIRTUAL (LIVE ONLINE): Deben cumplir con el 75% de asistencia al curso. En este caso, debe haber un informe de registro de las conexiones del curso. Nuestros cursos Live Online los realizamos mediante Microsoft Teams con el formador, herramienta aceptada por FUNDAE, y donde realiza un registro de conexiones de cada sesión. Al finalizar el curso, os facilitamos un informe global de todas las conexiones y porcentage de finalización.
  • Teleformaciones (Formaciones 100% Online):  Deben cumplir con el 75% de las horas del curso, con el 75% de la realización de los test y actividades del curso. Nuestra plataforma 100% Online nos permite tener un control diario del cumplimiento de estos requisitos, generando los informes finales que necesita FUNDAE.
El pago debe efectuarse antes del inicio del curso a Aglaia Consulting. Una vez finalizado el curso, se podrá cerrar este en la plataforma de FUNDAE y aplicar la bonificación en los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social.

La cofinanciación privada es la obligación que tiene la empresa de financiar un porcentaje del importe de la factura de formación bonificada. Este porcentaje se aplica sobre el total del crédito de formación que posee la empresa, y debe cumplirse de forma anual.

El porcentaje de cofinanciación privada establecido por FUNDAE varía en función de la plantilla media de trabajadores del año anterior:

  • Hasta 5 trabajadores: 0%
  • De 6 a 9 trabajadores: 5%
  • De 10 a 49 trabajadores: 10%
  • De 50 a 249 trabajadores: 20%
  • Más de 250 trabajadores: 40%
 

Existen diversas formas de cumplir con este requisito:

  1. Coste de los trabajadores en formación: La empresa puede justificar el coste de aquellos trabajadores que, durante su jornada laboral, realizan formación. Este tiempo invertido en formación representa un coste para la empresa y puede ser utilizado para justificar la cofinanciación.
  2. Coste de la formación: Si el coste total de un curso es superior al importe que puede ser bonificado, la diferencia puede ser declarada cofinanciación. Por ejemplo, si un curso tiene un precio de 1000€ y solo 800€ son bonificables, los 200€ restantes pueden ser declarados cofinanciación.
Un trabajador con baja por enfermedad si puede participar en un curso, siempre que la formación sea compatible con la enfermedad, y en todo caso, con autorización médica.

Todos los trabajadores asalariados que prestan servicios en empresas privadas – o entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones públicas – y cotizan a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional, así como los trabajadores que se encuentran en las siguientes situaciones:

  • Trabajadores fijos discontinuos en los períodos de no ocupación.
  • Trabajadores que acceden a situación de desempleo cuando se encuentran realizando formación.
  • Trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus períodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.
  • Trabajadores afectados por medidas temporales de suspensión de contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en sus períodos de suspensión de empleo.

Uno de los requisitos para aplicar correctamente las bonificaciones por formación continua es informar a la representación legal de los trabajadores (RLT) del plan de formación con, al menos, 15 días hábiles antes del inicio del plan formativo.

Hay 2 maneras de hacerlo: informando curso a curso, o bien, presentar a la RLT el Plan de Formación completo a principios de año, detallando todas las acciones previstas y, si surgen nuevas necesidades de formación durante el año, comunicarles esas acciones específicas, siempre con esos 15 días de antelación.

Deberás mantener a disposición de los órganos de control competentes la documentación justificativa de las acciones de formación comunicadas (tanto en efectos de bonificación como en cofinanciación privada) durante un periodo de 4 años, contando a partir del momento en que haya finalizado el plazo de presentación de los boletines del mes de diciembre del ejercicio en curso. 

En el supuesto de acciones cofinanciadas con fondos comunitarios (programa operativo 2007-2013), la documentación justificativa deberá estar a disposición de los órganos administrativos y de control, al menos, hasta el 31 de diciembre de 2020, según lo establecido por la normativa comunitaria.