8 pasos para bonificar tu formación con Fundae

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Cualquier empresa puede obtener ayudas económicas a través de FUNDAE para realizar formaciones totalmente asequibles y bonificables, en tan solo 8 pasos.

Desde Aglaia Consulting podemos realizar el proceso de bonificación para vosotros o lo podéis bonificar vosotros mismos con los pasos que te indicamos a continuación.

 

8 pasos para bonificar tu formación con FUNDAE

 

1.Calcular tu crédito

El crédito que dispones en FUNDAE se calcula en función de lo cotizado por formación profesional así como la plantilla media (datos de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones del año anterior).

FUNDAE dispone de una aplicación que lo calcula automáticamente a partir de los datos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

 

¿Cómo saber cuanto crédito dispongo en FUNDAE?

 

Toda empresa dispone un mínimo de 420€ al año para bonificar en formación.

También puedes calcular el crédito disponible para tu empresa a partir del simulador que dispone FUNDAE.[vc_message]“Si tu empresa está formada por menos de 50 trabajadores, el crédito que no utilices se puede acumular hasta dos años. Para ello, deberás marcar la casilla correspondiente en la aplicación antes del 30 de junio.”[/vc_message]

2. Darse de alta en la aplicación.

Con la aplicación de «Formación Programada por las Empresas», se pueden gestionar todas las bonificaciones de FUNDAE.

Esta gestión tanto la puede realizar tu propia empresa (departamento de recursos humanos) o tu gestoría externa.

En el caso que seas tú quien realizar la gestión, la empresa primero se tendrá que dar de alta como perfil bonificado y autorizarte a ti con el perfil de “gestor”.

 

3.Tramitar a la gestoría o persona encargada de las nóminas.

En caso que tu empresa tenga un departamento de Representación Legal de Trabajadores (RLT), debes informar previamente de la formación que quieres bonificar. Para ello, debes seguir estos pasos:

  • Solicitar a la RLT informe aportando la siguiente documentación:
    • Denominación, descripción y objetivos de las acciones formativas.
    • Colectivos destinatarios y número de participantes por acción formativa.
    • Calendario previsto de ejecución.
    • Medios pedagógicos.
    • Criterios de selección de los participantes.
    • Lugar previsto de impartición.
    • Balance de las acciones formativas del ejercicio precedente.
  • La RLT dispondrá de 15 días para pronunciarse sobre el mismo.
    Una vez transcurrido este plazo y con independencia de que la RLT emita su informe y, en su caso, del sentido de este, la empresa podrá ya iniciar la acción formativa.
  • En el caso de existir discrepancias entre la empresa y la RLT, se concederá nuevamente un plazo de 15 días para intentar resolver las mismas.
  • Si se mantuviera el desacuerdo, se comunicará dicha situación a través de la aplicación, cumplimentándose el Acta de discrepancias.
  • La Estructura Paritaria Sectorial correspondiente examinará las discrepancias al objeto de decidir la conveniencia de la mediación por parte de FUNDAE.

 Si tu empresa no tiene RLT, deberás realizar las acciones a partir del punto 4.

 

4.Comunicar el inicio del curso

A la hora de comunicar el inicio del curso, primero debes dar de alta en la aplicación, que hemos mencionado anteriormente, y a continuación ya puedes comunicar el inicio del curso formativo:

   1.Alta de la formación

Debes de rellenar los datos que te piden, para definir que tipo de formación realizaras:

  • Modalidad (presencial / teleformación / mixta). Respecto la modalidad mixta, la parte presencial debe ser igual o superior al 20%, de lo contrario, se considera teleformación.
  • Duración.
  • Objetivos
  • Contenido

   2.Comunicar el inicio del curso formativo:

Una vez dado de alta en la aplicación, se tiene que comunicar el inicio del curso, como mínimo 2 días naturales antes de la fecha del inicio del curso. La aplicación te pediría un seguido de información como: cuándo, donde, quién lo imparte y a quien va dirigida dicha formación.[vc_message]De acuerdo con la Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, en las acciones formativas que se programen durante 2020, con cargo al crédito de formación del que disponen las empresas durante dicho ejercicio, las comunicaciones de la formación y la información relativa a cada acción formativa y grupo formativo que establece el artículo 15 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, podrá realizarse hasta dos días antes de la fecha de comienzo de cada grupo. La cancelación o la modificación de los datos de una acción o grupo formativo que suponga un cambio de horario, fecha de ejecución, o de localidad deberá ser comunicada, en todo caso, con un día de antelación al de la fecha prevista para su comienzo.[/vc_message]

5.Realizar el curso

 

6.Comunicar la finalización del curso

Una vez terminado la formación, a través de la aplicación, debes indicar la fecha que finalizaste el curso.

Para realizar esta acción la aplicación te pedirá:

  • Los datos de los participantes que han acabado el curso.
  • El coste del curso.
  • La cuantidad y el mes en que quieres bonificar este curso.

Una vez rellenado toda esta información la aplicación te dirá cual es el valor que puedes bonificar.

 

7.Bonificar la formación

Una vez realizado el paso 6, es decir que la finalización del curso ya está comunicado, puedes aplicar la bonificación en el recibo de la Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social, hasta el boletín del mes de diciembre del año en curso.

Debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar al corriente del pago a la Agencia Tributaria y Seguridad Social.
  • Haber informado a la RLT.
  • Haber comunicado el inicio, realizado y comunicado el fin del curso.

Guía para la aplicación de las bonificaciones por formación.

 

8.Consultar el resultado

Una vez finalizado, FUNDAE comprobará que todas tus bonificaciones estén correctas, comprobando:

  • Que no hayas superado el crédito máximo disponible para tu empresa.
  • Que hayas cumplido con todos los requisitos.
  • Vida laboral de los participantes.

Si los resultados no fueran conforme, recibirás una notificación electrónica, donde te informaran el motivo por el cual no has pasado su aprobación, y dispondrás de diez días para realizar las alegaciones oportunas.

Cómo FUNDAE informa sobre los 8 pasos

Si quieres más información, detallada por parte de FUNDAE, puedes entrar aquí e infórmarte sobre el contenido disponible en su página web.

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